
La reglamentación define cómo deben actuar las intermediarias para tomar los billetes de “dudosa autenticidad” para su análisis. Para ello deben remitir el billete, previo llenado de un formulario declarativo del cliente que acercó la denominación, hasta el Banco Central, donde se procederá a la inspección del billete.
Si en el análisis técnico se detecta que el billete es válido, el BCP autorizará la acreditación del valor o la restitución del billete, según detalla la citada resolución.
Pero si persiste dudas sobre la autenticidad, el BCP deberá remitir el billete a la Policía Nacional-Dirección Contra Hechos Punibles Económicos y Financieros para proceder a su análisis. Si en el análisis se detecta que el billete es válido será remitido al BCP para la acreditación del valor al cliente. En caso que el billete efectivamente sea falso, igualmente se deberá informar al cliente sobre la pericia.
Estos procedimientos se aplican a todas las intermediarias supervisadas por el BCP para los casos que se reciban durante sus operaciones en ventanillas o que sean detectados en el marco de procesos internos.
Fuente Abc Color
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